Ley 5/2023, de la Función Pública de Andalucía
Artículo 30. Garantía de derechos y conciliación de la vida profesional con la personal y familiar
Título III. Derechos y deberes›Capítulo I. Derechos
En pocas palabras
La Administración de la Junta de Andalucía garantizará al personal a su servicio los medios necesarios para hacer efectivos los derechos que la ley le reconoce. Presta especial atención a los que facilitan la conciliación de la vida profesional con la personal y familiar y a la corresponsabilidad, fundamentalmente respecto de tres ámbitos: la protección de la maternidad y la paternidad, la igualdad de género y la atención a las personas dependientes.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 30 de la Ley 5/2023 (LFPA)
La Administración de la Junta de Andalucía garantizará al personal a su servicio los medios necesarios para hacer efectivos los derechos que esta ley le reconoce, con especial atención a los que facilitan la conciliación de la vida profesional con la personal y familiar, así como la corresponsabilidad, fundamentalmente respecto de la protección de la maternidad y la paternidad, la igualdad de género y la atención a las personas dependientes.
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