Ley 5/2023, de la Función Pública de Andalucía

Artículo 11. Competencias específicas de las Consejerías competentes en materia de Educación, Salud y Justicia

Título I. Disposiciones generales›Capítulo II. Atribuciones orgánicas

En pocas palabras

En sus ámbitos respectivos, las Consejerías competentes en materia de Educación, Salud y Justicia ejercen las competencias que se les atribuyan legal y reglamentariamente respecto de, respectivamente: el personal docente que presta servicios en los centros públicos educativos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el personal adscrito al Servicio Andaluz de Salud y el personal de la Administración de Justicia competencia de la Comunidad Autónoma.

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Texto del artículo 11 de la Ley 5/2023 (LFPA)

En sus ámbitos respectivos, corresponde a las Consejerías competentes en materia de Educación, Salud y Justicia ejercer todas aquellas competencias que se les atribuyan legal y reglamentariamente en relación con el personal docente que presta servicios en los centros públicos educativos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con el personal adscrito al Servicio Andaluz de Salud, y con el personal de la Administración de Justicia competencia de la Comunidad Autónoma, respectivamente.

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