Ley 5/2023, de la Función Pública de Andalucía
Artículo 145. Servicio activo
Título XI. Situaciones administrativas›Capítulo I. Personal funcionario de carrera
En pocas palabras
Está en servicio activo quien presta servicios como personal funcionario de carrera en la Administración pública, siempre que no le corresponda quedar en otra situación. Quien está en servicio activo disfruta de todos los derechos inherentes a su condición de personal funcionario de carrera y queda sujeto a los deberes y responsabilidades derivados de ella.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 145 de la Ley 5/2023 (LFPA)
1. Se hallará en situación de servicio activo quien preste servicios como personal funcionario de carrera en la Administración pública, y siempre que no le corresponda quedar en otra situación. 2. Quien esté en situación de servicio activo disfrutará de todos los derechos inherentes a su condición de personal funcionario de carrera y quedará sujeto a los deberes y responsabilidades derivados de la misma.
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