Decreto 197/2021, Reglamento de la Tesorería General de la Junta

Artículo 70. Actuaciones de seguimiento y coordinación

Título. Anexo VII. Modelo de solicitud de incautación de garantía.›Título IV. De las ordenaciones de pagos y del procedimiento de pago de la Tesorería General de la Junta de Andalucía›Capítulo III. Procedimientos especiales vinculados al pago›Sección 2.ª. Procedimiento de reintegro›Subsección 1.ª. Disposiciones generales

En pocas palabras

La Secretaría General con competencias en materia de Hacienda, u órgano que asuma sus competencias, ejerce las funciones de seguimiento y coordinación de los procedimientos de reintegros regulados en el Reglamento. A estos efectos, podrá solicitar información a los órganos competentes para acordar el reintegro sobre la gestión realizada por ellos en su correspondiente ámbito de actuación.

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Texto del artículo 70 del Decreto 197/2021 (DTG)

La Secretaría General con competencias en materia de Hacienda u órgano que asuma sus competencias ejercerá las funciones de seguimiento y coordinación de los procedimientos de reintegros regulados en el presente Reglamento. A estos efectos, podrá solicitar información a los órganos competentes para acordar el reintegro, de la gestión realizada por los mismos en su correspondiente ámbito de actuación.

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