Decreto 197/2021, Reglamento de la Tesorería General de la Junta
Artículo 70. Actuaciones de seguimiento y coordinación
Título. Anexo VII. Modelo de solicitud de incautación de garantía.›Título IV. De las ordenaciones de pagos y del procedimiento de pago de la Tesorería General de la Junta de Andalucía›Capítulo III. Procedimientos especiales vinculados al pago›Sección 2.ª. Procedimiento de reintegro›Subsección 1.ª. Disposiciones generales
En pocas palabras
La Secretaría General con competencias en materia de Hacienda, u órgano que asuma sus competencias, ejerce las funciones de seguimiento y coordinación de los procedimientos de reintegros regulados en el Reglamento. A estos efectos, podrá solicitar información a los órganos competentes para acordar el reintegro sobre la gestión realizada por ellos en su correspondiente ámbito de actuación.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 70 del Decreto 197/2021 (DTG)
La Secretaría General con competencias en materia de Hacienda u órgano que asuma sus competencias ejercerá las funciones de seguimiento y coordinación de los procedimientos de reintegros regulados en el presente Reglamento. A estos efectos, podrá solicitar información a los órganos competentes para acordar el reintegro, de la gestión realizada por los mismos en su correspondiente ámbito de actuación.
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