Decreto 197/2021, Reglamento de la Tesorería General de la Junta

Artículo 58. Órganos responsables del control del período medio de pago

Título. Anexo VII. Modelo de solicitud de incautación de garantía.›Título IV. De las ordenaciones de pagos y del procedimiento de pago de la Tesorería General de la Junta de Andalucía›Capítulo II. Del procedimiento general de pago de las obligaciones›Sección 4.ª. Censo único de obligaciones y cancelación de las obligaciones del sector instrumental de la Junta de Andalucía

En pocas palabras

La Secretaría General de Hacienda dirige, impulsa y fija las directrices para cuantificar y seguir la deuda comercial, calcular y cumplir el período medio de pago y controlar la morosidad. La Dirección General competente en tesorería coordina y supervisa a los entes instrumentales y demás entidades del perímetro de consolidación para el suministro de información, se relaciona a ese fin con las Universidades públicas y ejecuta los procesos para velar por el período medio de pago. En cada entidad instrumental, su Presidencia, Dirección o cargo asimilado garantiza los plazos máximos de pago.

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Texto del artículo 58 del Decreto 197/2021 (DTG)

1. Corresponde a la Secretaría General de Hacienda u órgano que asuma sus competencias, la dirección, impulso y establecimiento de las directrices necesarias para la cuantificación y seguimiento de la deuda comercial, el cálculo y cumplimiento del período medio de pago, de conformidad con lo establecido en el artículo 13.6 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril y para el control de la morosidad. Corresponde a la Dirección General con competencias en materia de tesorería, la coordinación y supervisión de los entes instrumentales de la Junta de Andalucía y de aquellas otras entidades incluidas dentro del perímetro de consolidación de la Comunidad Autónoma de Andalucía de acuerdo con la metodología de la contabilidad nacional, en orden al suministro de la información necesaria para el control de la morosidad de la deuda comercial. A este respecto, se le atribuyen las relaciones con las Universidades públicas de la Comunidad Autónoma de Andalucía tendentes a la consecución de esta finalidad. 2. Corresponde a la Dirección General competente en materia de tesorería la ejecución de los procesos necesarios para velar por el cumplimiento del período medio de pago. 3. En las entidades instrumentales de la Junta de Andalucía, corresponderá a las personas titulares de la Presidencia, Dirección o cargos asimilados, la realización de las actuaciones necesarias para garantizar el cumplimiento de la normativa vigente relativa a plazos máximos de pago en su ámbito de gestión.

Comprueba siempre el texto oficial: este contenido es de estudio y no lo sustituye.

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