Real Decreto Legislativo 8/2015, Ley General de la Seguridad Social
Artículo 150. Normalización
Título II. Régimen General de la Seguridad Social›Capítulo II. Inscripción de empresas y normas sobre afiliación, cotización y recaudación›Sección 2.ª. Cotización›Subsección 1.ª. Disposiciones generales
En pocas palabras
El Ministerio de Empleo y Seguridad Social establecerá la normalización de las bases de cotización. Las bases a las que se refiere son las que resulten con arreglo a lo establecido en la presente sección.
Este artículo tiene explicación, regla mnemotécnica y la trampa típica de examen. Se ven con una cuenta gratis.
Crear cuenta gratisTexto del artículo 150 del Real Decreto Legislativo 8/2015 (LGSS)
El Ministerio de Empleo y Seguridad Social establecerá la normalización de las bases de cotización que resulten con arreglo a lo establecido en la presente sección.
Comprueba siempre el texto oficial: este contenido es de estudio y no lo sustituye.
1 pregunta de test sobre este artículo
Con tu plan, Opositasuite te dice qué artículos estudiar cada día y te los pregunta hasta que los dominas.