Artículo 85
En pocas palabras
El Pleno celebra sus sesiones en la Casa Consistorial, Palacio Provincial o sede de la Corporación de que se trate. En los supuestos de fuerza mayor puede habilitarse otro edificio o local, a través de la convocatoria o de una resolución del Alcalde o Presidente dictada previamente y notificada a todos los miembros de la Corporación; en todo caso, esta circunstancia se hace constar en acta. En lugar preferente del salón de sesiones estará colocada la efigie de S. M. El Rey.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 85 del Real Decreto 2568/1986 (ROF)
1. El Pleno celebrará sus sesiones en la Casa Consistorial, Palacio Provincial o sede de la Corporación de que se trate, salvo en los supuestos de fuerza mayor en los que, a través de la convocatoria o de una resolución del Alcalde o Presidente dictada previamente y notificada a todos los miembros de la Corporación, podrá habilitarse otro edificio o local a tal efecto. En todo caso, se hará constar en acta esta circunstancia. 2. En lugar preferente del salón de sesiones estará colocada la efigie de S. M. El Rey.
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