Real Decreto 2568/1986, Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales

Artículo 84

En pocas palabras

Toda la documentación de los asuntos incluidos en el orden del día que deba servir de base al debate y, en su caso, votación ha de estar a disposición de los miembros de la Corporación desde el mismo día de la convocatoria, en la Secretaría. Cualquier miembro de la Corporación puede examinarla e incluso obtener copias de documentos concretos, pero los originales no pueden salir del lugar en que se encuentren puestos de manifiesto.

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Texto del artículo 84 del Real Decreto 2568/1986 (ROF)

Toda la documentación de los asuntos incluidos en el orden del día que debe servir de base al debate y, en su caso, votación deberá estar a disposición de los miembros de la Corporación desde el mismo día de la convocatoria en la Secretaría de la misma. Cualquier miembro de la Corporación podrá, en consecuencia, examinarla e incluso obtener copias de documentos concretos que la integre, pero los originales no podrán salir del lugar en que se encuentren puestos de manifiesto.

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