Real Decreto 887/2006, Reglamento de la Ley General de Subvenciones
Artículo 78. Justificación a través de módulos
En pocas palabras
Con régimen de módulos, la justificación se hace presentando: 1) una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones, con actividades y resultados; y 2) una memoria económica justificativa con, como mínimo: a) acreditación o, en su defecto, declaración del beneficiario sobre el número de unidades físicas consideradas como módulo; b) cuantía de la subvención calculada sobre las actividades cuantificadas y los módulos de las bases o, en su caso, de las órdenes de convocatoria; y c) detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 78 del Real Decreto 887/2006 (RLGS)
Cuando las bases reguladoras hayan previsto el régimen de módulos, la justificación de la subvención se llevará a cabo mediante la presentación de la siguiente documentación: 1. Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos. 2. Una memoria económica justificativa que contendrá, como mínimo los siguientes extremos: a) Acreditación o, en su defecto, declaración del beneficiario sobre el número de unidades físicas consideradas como módulo. b) Cuantía de la subvención calculada sobre la base de las actividades cuantificadas en la memoria de actuación y los módulos contemplados en las bases reguladoras o, en su caso, en órdenes de convocatoria. c) Un detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
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