Decreto 18/2006, Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía
Artículo 75. Extinción de las licencias
En pocas palabras
Las licencias otorgadas sobre el dominio público se extinguen y revocan por las causas del artículo 32 de la Ley 7/1999, y siempre previo expediente instruido al efecto. El dato propio del Reglamento es la exigencia de ese expediente previo.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 75 del Decreto 18/2006 (RBELA)
Las licencias otorgadas sobre el dominio público se extinguirán y revocarán por las causas establecidas en el artículo 32 de la Ley 7/1999, previo expediente instruido al efecto.
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