Decreto 18/2006, Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía
Artículo 69. Caducidad
En pocas palabras
La causa normal de extinción de la concesión es la caducidad por vencimiento del plazo. Al producirse, la totalidad de los bienes e instalaciones revierte íntegramente a la Entidad Local sin pagar indemnización alguna, salvo que el pliego de cláusulas administrativas disponga otra cosa.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 69 del Decreto 18/2006 (RBELA)
La caducidad por vencimiento del plazo es la causa normal de extinción de la concesión. La totalidad de los bienes e instalaciones revertirán íntegramente a la Entidad Local sin pago de indemnización alguna, salvo que el pliego de cláusulas administrativas disponga otra cosa.
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