Decreto 18/2006, Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía

Artículo 46. Memoria justificativa de la aportación

En pocas palabras

Cuando se opte por aportar la concesión demanial como prestación accesoria, el expediente debe incluir una memoria que justifique esa opción en sus aspectos económico-jurídicos y técnicos. La opción puede motivarse en la gratuidad y naturaleza de los servicios que se presten.

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Texto del artículo 46 del Decreto 18/2006 (RBELA)

El expediente que se tramite conforme al artículo 23, apartado 4, de la Ley 7/1999, deberá contener una memoria que justifique debidamente en los aspectos económicos-jurídicos y técnicos la opción de aportar la concesión demanial con el carácter de prestación accesoria. Tal opción podrá estar motivada en la gratuidad y naturaleza de los servicios que se presten.

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