Decreto 18/2006, Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía

Artículo 30. Formas de Patrocinio

En pocas palabras

El Patrocinio puede adoptar tres formas: aportaciones económicas que contribuyen a los gastos de la actividad patrocinada; aportación del material necesario para la actividad; y cesiones de bienes muebles o inmuebles.

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Texto del artículo 30 del Decreto 18/2006 (RBELA)

Las formas de Patrocinio podrán ser: a) Aportaciones económicas, contribuyendo a los gastos de la actividad patrocinada. b) Aportación de material necesario para la actividad. c) Cesiones de bienes muebles o inmuebles.

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