Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local

Artículo 80

Título VI. Bienes, actividades y servicios, y contratación›Capítulo I. Bienes

En pocas palabras

Los bienes comunales y los demás bienes de dominio público son inalienables, inembargables e imprescriptibles, y no están sujetos a ningún tributo. Los bienes patrimoniales se rigen por su legislación específica y, en su defecto, por las normas de Derecho privado.

Este artículo tiene explicación, regla mnemotécnica y la trampa típica de examen. Se ven con una cuenta gratis.

Crear cuenta gratis

Texto del artículo 80 de la Ley 7/1985 (LRBRL)

1. Los bienes comunales y demás bienes de dominio público son inalienables, inembargables e imprescriptibles y no están sujetos a tributo alguno. 2. Los bienes patrimoniales se rigen por su legislación específica y, en su defecto, por las normas de Derecho privado.

Comprueba siempre el texto oficial: este contenido es de estudio y no lo sustituye.

1 pregunta de test sobre este artículo

Con tu plan, Opositasuite te dice qué artículos estudiar cada día y te los pregunta hasta que los dominas.

← Ver el artículo en Ley 7/1985 (LRBRL)