Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local
Artículo 80
Título VI. Bienes, actividades y servicios, y contratación›Capítulo I. Bienes
En pocas palabras
Los bienes comunales y los demás bienes de dominio público son inalienables, inembargables e imprescriptibles, y no están sujetos a ningún tributo. Los bienes patrimoniales se rigen por su legislación específica y, en su defecto, por las normas de Derecho privado.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 80 de la Ley 7/1985 (LRBRL)
1. Los bienes comunales y demás bienes de dominio público son inalienables, inembargables e imprescriptibles y no están sujetos a tributo alguno. 2. Los bienes patrimoniales se rigen por su legislación específica y, en su defecto, por las normas de Derecho privado.
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