Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local

Artículo 38

Título III. La Provincia›Capítulo II. Competencias

En pocas palabras

Cláusula de extensión: las previsiones que este Capítulo y los restantes de la Ley 7/1985 establecen para la Diputación se aplican también a aquellas otras Corporaciones de carácter representativo a las que corresponda el gobierno y la administración autónoma de la Provincia.

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Texto del artículo 38 de la Ley 7/1985 (LRBRL)

Las previsiones establecidas para la Diputación en este Capítulo y en los restantes de la presente Ley serán de aplicación a aquellas otras Corporaciones de carácter representativo a las que corresponda el gobierno y la administración autónoma de la Provincia.

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