Real Decreto Legislativo 781/1986, texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local

Artículo 55

En pocas palabras

En la esfera de su competencia, las Entidades locales pueden aprobar Ordenanzas y Reglamentos, y los Alcaldes pueden dictar Bandos. En ningún caso pueden contener preceptos opuestos a las leyes.

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Texto del artículo 55 del Real Decreto Legislativo 781/1986 (TRRL)

En la esfera de su competencia, las Entidades locales podrán aprobar Ordenanzas y Reglamentos, y los Alcaldes dictar Bandos. En ningún caso contendrán preceptos opuestos a las leyes.

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