Ley Orgánica 5/1985, del Régimen Electoral General
Artículo 34. Carácter y vigencia del censo electoral
Texto del artículo 34 de la Ley Orgánica 5/1985 (LOREG)
El censo electoral es permanente y su actualización es mensual, con referencia al día primero de cada mes.
Practica Ley Orgánica 5/1985 (LOREG) con tests
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