Ley Orgánica 5/1985, del Régimen Electoral General
Artículo 220 bis
En pocas palabras
Los ciudadanos de la Unión Europea elegibles deben aportar, al presentar las candidaturas, además de los documentos que acrediten los requisitos de la legislación española, una declaración formal con su nacionalidad y domicilio en España, que no se presentan simultáneamente en otro Estado miembro y, en su caso, el término municipal o circunscripción del Estado de origen en cuyo censo estuvieron inscritos en último lugar. También una certificación del Estado de origen de que no están desposeídos del sufragio pasivo. La Junta Electoral Central puede exigir documento de identidad no caducado.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 220 bis de la Ley Orgánica 5/1985 (LOREG)
1. Los ciudadanos de la Unión Europea, elegibles de acuerdo con lo previsto en el artículo 210 bis 1, en el momento de la presentación de las candidaturas deberán aportar, además de los documentos necesarios para acreditar que reúnen los requisitos exigidos por la legislación española, una declaración formal en la que consten: a) Su nacionalidad, así como su domicilio en España. b) Que no se presentan simultáneamente como candidatos en las elecciones al Parlamento Europeo en ningún otro Estado miembro. c) En su caso, la mención del término municipal o de la circunscripción del Estado miembro de origen en cuyo censo electoral hayan estado inscritos en último lugar. 2. Además deberán presentar una certificación de las autoridades administrativas competentes del Estado miembro de origen, acreditativa de que el elegible comunitario no está desposeído del derecho de sufragio pasivo en el citado Estado. La Junta Electoral Central podrá también exigir que presenten un documento de identidad no caducado y que indiquen a partir de qué fecha son nacionales de un Estado miembro. 3. Efectuada la proclamación de candidaturas, la Junta Electoral Central trasladará a los otros Estados miembros la información relativa a sus respectivos nacionales incluidos como candidatos en las citadas candidaturas.
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