Ley Orgánica 5/1985, del Régimen Electoral General

Artículo 181

En pocas palabras

Si en alguna circunscripción no se presentan candidaturas, se celebran elecciones parciales en dicha circunscripción en el plazo de seis meses. Si en esta nueva convocatoria tampoco se presenta candidatura alguna, se procede según lo previsto en el párrafo tercero del artículo 182.

Este artículo tiene explicación, regla mnemotécnica y la trampa típica de examen. Se ven con una cuenta gratis.

Crear cuenta gratis

Texto del artículo 181 de la Ley Orgánica 5/1985 (LOREG)

1. En el supuesto de que en alguna circunscripción no se presenten candidaturas, se procede en el plazo de seis meses a la celebración de elecciones parciales en dicha circunscripción. 2. Si en esta nueva convocatoria tampoco se presenta candidatura alguna, se procede según lo previsto en el párrafo tercero del artículo 182.

Practica Ley Orgánica 5/1985 (LOREG) con tests

Con tu plan, Opositasuite te dice qué artículos estudiar cada día y te los pregunta hasta que los dominas.

← Ver el artículo en Ley Orgánica 5/1985 (LOREG)