Ley Orgánica 5/1985, del Régimen Electoral General

Artículo 117

En pocas palabras

Los recursos judiciales previstos en la Ley Orgánica 5/1985 son gratuitos. Aun así, procede la condena en costas a la parte o partes que hayan mantenido posiciones infundadas, salvo que circunstancias excepcionales, valoradas en la resolución que se dicte, motiven que no se impongan.

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Texto del artículo 117 de la Ley Orgánica 5/1985 (LOREG)

Los recursos judiciales previstos en esta Ley son gratuitos. No obstante procederá la condena en costas a la parte o partes que hayan mantenido posiciones infundadas, salvo que circunstancias excepcionales, valoradas en la resolución que se dicte, motiven su no imposición.

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