Real Decreto 33/1986, Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios
Artículo 45
En pocas palabras
La resolución pone fin al procedimiento disciplinario y debe adoptarse en el plazo de diez días, salvo en caso de separación del servicio. Resuelve todas las cuestiones planteadas en el expediente, ha de ser motivada y no puede aceptar hechos distintos de los que sirvieron de base al pliego de cargos y a la propuesta de resolución, aunque sí puede darles una valoración jurídica distinta.
Este artículo tiene explicación, regla mnemotécnica y la trampa típica de examen. Se ven con una cuenta gratis.
Crear cuenta gratisTexto del artículo 45 del Real Decreto 33/1986 (RRD)
1. La resolución, que pone fin al procedimiento disciplinario, deberá adoptarse en el plazo de diez días, salvo en caso de separación del servicio, y resolverá todas las cuestiones planteadas en el expediente. 2. La resolución habrá de ser motivada y en ella no se podrán aceptar hechos distintos de los que sirvieron de base al pliego de cargos y a la propuesta de resolución, sin perjuicio de su distinta valoración jurídica.
Practica Real Decreto 33/1986 (RRD) con tests
Con tu plan, Opositasuite te dice qué artículos estudiar cada día y te los pregunta hasta que los dominas.