Real Decreto 33/1986, Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios

Artículo 36

En pocas palabras

El pliego de cargos se notifica al inculpado y se le concede un plazo de diez días para contestarlo, con las alegaciones que considere convenientes a su defensa y aportando cuantos documentos considere de interés. En este mismo trámite debe solicitar, si lo estima conveniente, la práctica de las pruebas que crea necesarias para su defensa.

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Texto del artículo 36 del Real Decreto 33/1986 (RRD)

El pliego de cargos se notificará al inculpado concediéndosele un plazo de diez días para que pueda contestarlo con las alegaciones que considere convenientes a su defensa y con la aportación de cuantos documentos considere de interés. En este trámite deberá solicitar, si lo estima conveniente, la práctica de las pruebas que para su defensa crea necesarias.

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