Decreto 304/2011, de estructura de prevención de riesgos laborales de la Junta

Artículo 5. El Plan de Prevención de Riesgos Laborales de la Junta de Andalucía

En pocas palabras

De conformidad con el artículo 2.1 del Real Decreto 39/1997, en la redacción dada por el Real Decreto 604/2006, el Plan de Prevención de Riesgos Laborales es la herramienta con la que se integra la actividad preventiva de las Consejerías, agencias administrativas y agencias de régimen especial en el sistema general de gestión de las mismas y se establece la política común de prevención. El Plan de la Administración de la Junta de Andalucía es el conjunto de los Planes de todas ellas.

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Texto del artículo 5 del Decreto 304/2011 (DPRL)

De conformidad con el artículo 2.1 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención en la redacción dada por el Real Decreto 604/2006, de 19 de mayo, el Plan de Prevención de Riesgos Laborales es la herramienta a través de la cual se integra la actividad preventiva de las distintas Consejerías, agencias administrativas y agencias de régimen especial, en el sistema general de gestión de las mismas y se establece la política común de Prevención de Riesgos Laborales. De acuerdo con esto, el Plan de Prevención de Riesgos Laborales de la Administración de la Junta de Andalucía es el conjunto de los Planes de Prevención de Riesgos Laborales de todas las Consejerías, las agencias administrativas y las agencias de régimen especial de la Administración de la Junta de Andalucía.

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