Real Decreto 500/1990, de presupuestos de las entidades locales

Artículo 85

En pocas palabras

La gestión de los gastos de carácter plurianual se realiza en dos fases: a) autorización del gasto y b) disposición o compromiso del gasto. Su contenido y definición es el mismo que el de sus correlativas fases de ejecución en el ejercicio corriente y, con carácter general, serán simultáneas a éstas. Las fases de autorización y disposición pueden acumularse en un solo acto administrativo.

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Texto del artículo 85 del Real Decreto 500/1990

1. La gestión de los gastos de carácter plurianual se realizará en las siguientes fases: a) Autorización del gasto. b) Disposición o compromiso del gasto. 2. El contenido y definición de ambas fases es el mismo que el de sus correlativas fases de ejecución en el ejercicio corriente y, con carácter general, serán simultáneas a éstas. 3. Las fases de autorización y disposición pueden acumularse en un solo acto administrativo.

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