Ley 7/2025, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía
Artículo 153. Régimen aplicable
En pocas palabras
Las disposiciones del capítulo en que se encuentra este artículo se aplican también, en lo que sea compatible, a las adquisiciones y enajenaciones de futuros y opciones, obligaciones, obligaciones convertibles en acciones, derechos de suscripción preferente, créditos participativos y otros títulos, valores o derechos análogos.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 153 de la Ley 7/2025 (LPCA)
Las disposiciones previstas en este capítulo serán de aplicación, en lo que sea compatible, a las adquisiciones y enajenaciones de futuros y opciones, obligaciones, obligaciones convertibles en acciones, derechos de suscripción preferente, créditos participativos y otros títulos, valores o derechos análogos.
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