Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público
Artículo 136. Fusión, disolución, liquidación y extinción
Título II. Organización y funcionamiento del sector público institucional›Capítulo VII. De las fundaciones del sector público estatal
En pocas palabras
A las fundaciones del sector público estatal les resulta de aplicación el régimen de fusión, disolución, liquidación y extinción previsto en los artículos 94, 96 y 97 de esta Ley.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 136 de la Ley 40/2015 (LRJSP)
A las fundaciones del sector público estatal le resultará de aplicación el régimen de fusión, disolución, liquidación y extinción previsto en los artículos 94, 96 y 97.
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