Decreto 524/2008, de incompatibilidades del personal al servicio de la Junta de Andalucía

Artículo 5. Competencias de la persona titular de la Consejería de Justicia y Administración Pública

En pocas palabras

Autorizar, reconocer o denegar la compatibilidad, tanto la genérica como la específica a la que alude el artículo 3.2, del personal incluido en el ámbito de aplicación del Decreto, para desempeñar un segundo puesto o actividad pública o privada, corresponde a la persona titular de la Consejería de Justicia y Administración Pública.

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Texto del artículo 5 del Decreto 524/2008 (DIP)

La autorización, reconocimiento o denegación de la compatibilidad genérica o de la específica, a la que alude el artículo 3.2, del personal incluido en el ámbito de aplicación del presente Decreto, para desempeñar un segundo puesto o actividad pública o privada, corresponderá a la persona titular de la Consejería de Justicia y Administración Pública.

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