Ley 12/2007, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía
Artículo 79. Prescripción de las infracciones
Título V. Infracciones y sanciones›Capítulo I. Infracciones
En pocas palabras
Las infracciones muy graves prescriben a los cuatro años, las graves a los tres años y las leves al año. La regla se establece sin perjuicio de lo previsto en el artículo 30 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 79 de la Ley 12/2007 (LIGA)
Sin perjuicio de lo previsto en el artículo 30 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las infracciones muy graves prescribirán a los cuatro años, las graves a los tres años y las leves al año.
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