Ley 12/2007, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía

Artículo 79. Prescripción de las infracciones

Título V. Infracciones y sanciones›Capítulo I. Infracciones

En pocas palabras

Las infracciones muy graves prescriben a los cuatro años, las graves a los tres años y las leves al año. La regla se establece sin perjuicio de lo previsto en el artículo 30 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

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Texto del artículo 79 de la Ley 12/2007 (LIGA)

Sin perjuicio de lo previsto en el artículo 30 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las infracciones muy graves prescribirán a los cuatro años, las graves a los tres años y las leves al año.

Comprueba siempre el texto oficial: este contenido es de estudio y no lo sustituye.

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