Ley 12/2007, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía

Artículo 72. Información y asesoramiento sobre discriminación por razón de sexo

Título IV. Garantías para la igualdad de género›Capítulo II. Defensa del principio de igualdad de género

En pocas palabras

La Consejería competente en materia de igualdad garantizará, a través del Instituto Andaluz de la Mujer, servicios de información y asesoramiento a las mujeres ante situaciones de discriminación por razón de sexo y/o situación familiar.

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Texto del artículo 72 de la Ley 12/2007 (LIGA)

La Consejería competente en materia de igualdad garantizará, a través del Instituto Andaluz de la Mujer, servicios de información y asesoramiento a las mujeres ante situaciones de discriminación por razón de sexo y/o situación familiar.

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