Ley 12/2007, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía

Artículo 26 bis. Política de igualdad salarial entre mujeres y hombres

Título II. Medidas para promover la igualdad de género›Capítulo II. De la igualdad en el empleo›Sección 1.ª. De la igualdad laboral en el sector privado y en la Función Pública andaluza›Subsección 1.ª. Igualdad en el ámbito laboral en el sector privado

En pocas palabras

La Administración de la Junta de Andalucía, con los agentes económicos y sociales más representativos, desarrollará programas específicos contra la discriminación salarial por razón de género. La Consejería competente en materia de empleo realizará anualmente estudios sobre las diferencias retributivas entre mujeres y hombres, sus causas y su evolución, de los que se dará traslado, para su conocimiento, al Consejo Andaluz de Participación de las Mujeres. Esa Consejería adoptará acciones contra la segregación por sexos en el mercado laboral y medidas para revalorizar los sectores feminizados.

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Texto del artículo 26 bis de la Ley 12/2007 (LIGA)

1. La Administración de la Junta de Andalucía, en colaboración con los agentes económicos y sociales más representativos, desarrollará programas específicos dirigidos a la eliminación de la discriminación salarial por razón de género. 2. La Consejería competente en materia de empleo realizará anualmente estudios que permitan analizar las diferencias retributivas entre mujeres y hombres en las empresas y sectores de Andalucía, sus causas y su evolución en el tiempo, con el fin de diseñar políticas e incentivos que permitan erradicar estas situaciones. De los estudios se dará traslado, para su conocimiento, al Consejo Andaluz de Participación de las Mujeres. 3. La Consejería competente en materia de empleo, en colaboración con los agentes económicos y sociales más representativos, adoptará acciones destinadas a promover una mayor diversificación profesional de mujeres y hombres, suprimir las desigualdades de género y eliminar la segregación por sexos en el mercado laboral. Asimismo, desarrollará las medidas necesarias para que los sectores feminizados sean revalorizados socialmente y tengan el mismo reconocimiento y las mismas condiciones laborales que los demás.

Comprueba siempre el texto oficial: este contenido es de estudio y no lo sustituye.

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