Decreto Legislativo 1/2010, Ley General de la Hacienda Pública de Andalucía

Artículo 120 bis. Procedimiento de gestión presupuestaria

Título VII. De las subvenciones

Ha caído en 1 examen oficial del IAAP

  • C1.1000 · promoción interna · OEP 2024 · ejercicio único

Oposiciones de la Junta de Andalucía. Qué exámenes tenemos

En pocas palabras

Salvo las del PFEA, las del FEAGA, ciertas del FEADER y las que determine la persona titular de la Consejería de Hacienda previo informe de la Intervención General: la convocatoria de subvenciones regladas conlleva la aprobación del gasto; la concesión directa, la aprobación y la disposición; la resolución de concesión, la disposición. Las convocatorias fijan el importe del gasto aprobado, cuantía máxima, y los créditos de imputación. Una Orden de Hacienda, oídas las Consejerías con competencia en subvenciones, fija el procedimiento.

Este artículo tiene explicación, regla mnemotécnica y la trampa típica de examen. Se ven con una cuenta gratis.

Crear cuenta gratis

Texto del artículo 120 bis del Decreto Legislativo 1/2010 (TRLGHP)

1. Las fases de aprobación de la realización del gasto y de disposición en materia de subvenciones, con excepción de las tramitadas con cargo al Programa de Fomento de Empleo Agrario (PFEA), al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA), las subvenciones financiadas con cargo al crédito del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en relación con los artículos 21.1.a) y b), 28 a 31, 33 y 34 del Reglamento (UE) 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo, y aquellas que se determinen por la persona titular de la Consejería competente en materia de Hacienda, previo informe de la Intervención General que versará sobre la justificación y procedencia de la medida a adoptar, se ajustarán a las siguientes normas: a) La aprobación de la convocatoria de subvenciones regladas, conllevará la aprobación de la realización del gasto sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 115 de esta Ley. b) La concesión directa de subvenciones, conllevará la aprobación de la realización y disposición del gasto. c) La resolución de concesión de las subvenciones conlleva la disposición del gasto correspondiente. 2. Las convocatorias de las subvenciones fijarán el importe del gasto aprobado, que representará la cuantía máxima destinada a las subvenciones convocadas, así como los créditos presupuestarios a los que se imputará el mismo, con la indicación, en su caso, de la posibilidad de adquirir compromisos de gasto de carácter plurianual o de tramitación anticipada, de acuerdo con lo establecido en los artículos 40 y 40 bis de esta Ley. Por Orden de la Consejería competente en materia de Hacienda, oídas las Consejerías con competencia en materia de subvenciones y ayudas, se determinará el procedimiento de tramitación de la aprobación y el compromiso de gasto.

Comprueba siempre el texto oficial: este contenido es de estudio y no lo sustituye.

2 preguntas de test sobre este artículo

Una es de exámenes oficiales del IAAP, con la respuesta de su plantilla. Con tu plan, Opositasuite te dice qué artículos estudiar cada día y te los pregunta hasta que los dominas.

← Ver el artículo en Decreto Legislativo 1/2010 (TRLGHP)