Ley 6/2006, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía

Artículo 6. Toma de posesión

Título I. De la Presidencia de la Junta de Andalucía›Capítulo I. De la elección

En pocas palabras

Quien haya sido elegido para la Presidencia de la Junta de Andalucía debe tomar posesión de su cargo en un plazo de cinco días. El plazo se cuenta desde el día siguiente al de la publicación de su nombramiento en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA). No se cuenta desde la elección ni desde la firma del nombramiento, sino desde su publicación oficial.

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Texto del artículo 6 de la Ley 6/2006 (LGA)

El Presidente electo o la Presidenta electa tomará posesión de su cargo dentro de los cinco días siguientes al de la publicación de su nombramiento en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Comprueba siempre el texto oficial: este contenido es de estudio y no lo sustituye.

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