Ley Orgánica 2/2007, Estatuto de Autonomía para Andalucía

Artículo 86. Participación en la ordenación general de la actividad económica

Título II. Competencias de la Comunidad Autónoma›Capítulo II. Competencias

En pocas palabras

El artículo 86 dispone que la Junta de Andalucía participa en la elaboración de las decisiones estatales que afectan a la ordenación general de la actividad económica. Esa participación se produce en el marco de lo establecido en el artículo 131.2 de la Constitución. Retener quién participa (la Junta de Andalucía), en qué (la elaboración de decisiones estatales sobre la ordenación general de la actividad económica) y el marco citado (artículo 131.2 de la Constitución).

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Texto del artículo 86 de la Ley Orgánica 2/2007 (EAA)

La Junta de Andalucía participa en la elaboración de las decisiones estatales que afectan a la ordenación general de la actividad económica en el marco de lo establecido en el artículo 131.2 de la Constitución.

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