Ley Orgánica 2/2007, Estatuto de Autonomía para Andalucía
Artículo 73. Políticas de género
Título II. Competencias de la Comunidad Autónoma›Capítulo II. Competencias
En pocas palabras
Exclusiva en políticas de género, respetando lo establecido por el Estado en ejercicio del artículo 149.1.1.ª de la Constitución: promoción de la igualdad de hombres y mujeres en los ámbitos sociales, laborales, económicos o representativos (con facultad expresa de dictar normativas propias o de desarrollo); normas y planes de políticas para la mujer y acciones positivas contra la discriminación por razón de sexo; y asociacionismo de mujeres. Compartida en lucha contra la violencia de género, planificación de actuaciones y evaluación y propuesta ante la Administración central.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 73 de la Ley Orgánica 2/2007 (EAA)
1. Corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de políticas de género que, respetando lo establecido por el Estado en el ejercicio de la competencia que le atribuye el artículo 149.1.1.ª de la Constitución, incluye, en todo caso: a) La promoción de la igualdad de hombres y mujeres en todos los ámbitos sociales, laborales, económicos o representativos. Se atribuye, expresamente a la Comunidad Autónoma la facultad de dictar normativas propias o de desarrollo en esta materia. b) La planificación y ejecución de normas y planes en materia de políticas para la mujer, así como el establecimiento de acciones positivas para erradicar la discriminación por razón de sexo. c) La promoción del asociacionismo de mujeres. 2. Corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia compartida en materia de lucha contra la violencia de género, la planificación de actuaciones y la capacidad de evaluación y propuesta ante la Administración central. La Comunidad Autónoma podrá establecer medidas e instrumentos para la sensibilización sobre la violencia de género y para su detección y prevención, así como regular servicios y destinar recursos propios para conseguir una protección integral de las mujeres que han sufrido o sufren este tipo de violencia.
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