Ley Orgánica 2/2007, Estatuto de Autonomía para Andalucía
Artículo 39. Protección jurisdiccional
Título I. Derechos sociales, deberes y políticas públicas›Capítulo IV. Garantías
En pocas palabras
Los actos de los poderes públicos de la Comunidad que vulneren los derechos mencionados en el artículo anterior podrán ser objeto de recurso ante la jurisdicción correspondiente. Ese recurso se sigue de acuerdo con los procedimientos que establezcan las leyes procesales del Estado.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 39 de la Ley Orgánica 2/2007 (EAA)
Los actos de los poderes públicos de la Comunidad que vulneren los derechos mencionados en el artículo anterior podrán ser objeto de recurso ante la jurisdicción correspondiente, de acuerdo con los procedimientos que establezcan las leyes procesales del Estado.
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