Ley Orgánica 2/2007, Estatuto de Autonomía para Andalucía
Artículo 40. Efectividad de los principios rectores
Título I. Derechos sociales, deberes y políticas públicas›Capítulo IV. Garantías
En pocas palabras
El reconocimiento y protección de los principios rectores de las políticas públicas informará las normas legales y reglamentarias andaluzas, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos. Podrán alegarse ante los jueces y tribunales de acuerdo con lo que dispongan las leyes que los desarrollen. Los poderes públicos andaluces adoptarán las medidas necesarias para su efectivo cumplimiento, en su caso, mediante el impulso de la legislación pertinente, la garantía de una financiación suficiente y la eficacia y eficiencia de las actuaciones administrativas.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 40 de la Ley Orgánica 2/2007 (EAA)
1. El reconocimiento y protección de los principios rectores de las políticas públicas informará las normas legales y reglamentarias andaluzas, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos, y podrán ser alegados ante los jueces y tribunales de acuerdo con lo que dispongan las leyes que los desarrollen. 2. Los poderes públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía adoptarán las medidas necesarias para el efectivo cumplimiento de estos principios, en su caso, mediante el impulso de la legislación pertinente, la garantía de una financiación suficiente y la eficacia y eficiencia de las actuaciones administrativas.
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