Ley Orgánica 2/2007, Estatuto de Autonomía para Andalucía
Artículo 201. Protección ante la contaminación
Título VII. Medio ambiente
En pocas palabras
Los poderes públicos de Andalucía promoverán políticas que mejoren la calidad de vida de la población mediante la reducción de las distintas formas de contaminación y la fijación de estándares y niveles de protección. Estas políticas se dirigirán, especialmente en el medio urbano, a la protección frente a la contaminación acústica y al control de la calidad del agua, del aire y del suelo.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 201 de la Ley Orgánica 2/2007 (EAA)
1. Los poderes públicos de Andalucía promoverán políticas que mejoren la calidad de vida de la población mediante la reducción de las distintas formas de contaminación y la fijación de estándares y niveles de protección. 2. Dichas políticas se dirigirán, especialmente en el medio urbano, a la protección frente a la contaminación acústica, así como al control de la calidad del agua, del aire y del suelo.
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