Ley Orgánica 2/2007, Estatuto de Autonomía para Andalucía

Artículo 200. Prevención de incendios forestales y lucha contra la desertificación

Título VII. Medio ambiente

En pocas palabras

Los poderes públicos pondrán en marcha mecanismos adecuados de lucha contra tres fenómenos en Andalucía: la desertificación, la deforestación y la erosión. Además, realizarán planes de prevención de incendios forestales y de extinción, así como la recuperación medioambiental de las zonas afectadas.

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Texto del artículo 200 de la Ley Orgánica 2/2007 (EAA)

Los poderes públicos pondrán en marcha mecanismos adecuados de lucha contra la desertificación, la deforestación y la erosión en Andalucía, realizarán planes de prevención de incendios forestales y extinción, así como la recuperación medioambiental de las zonas afectadas.

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