Ley Orgánica 2/2007, Estatuto de Autonomía para Andalucía

Artículo 171. Seguridad y salud laboral

Título VI. Economía, empleo y hacienda›Capítulo II. Empleo y relaciones laborales

En pocas palabras

La Administración Pública contribuirá a garantizar la seguridad y salud laboral de los trabajadores; para ello diseñará instrumentos precisos de control y reducción de la siniestralidad laboral, así como mecanismos de inspección y prevención de los riesgos laborales. Además, la Comunidad Autónoma se dotará de instrumentos propios para la lucha contra la siniestralidad laboral.

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Texto del artículo 171 de la Ley Orgánica 2/2007 (EAA)

1. La Administración Pública contribuirá a garantizar la seguridad y salud laboral de los trabajadores, para lo cual diseñará instrumentos precisos de control y reducción de la siniestralidad laboral, así como mecanismos de inspección y prevención de los riesgos laborales. 2. La Comunidad Autónoma se dotará de instrumentos propios para la lucha contra la siniestralidad laboral.

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