Ley Orgánica 2/2007, Estatuto de Autonomía para Andalucía

Artículo 172. Trabajadores autónomos y cooperativas

Título VI. Economía, empleo y hacienda›Capítulo II. Empleo y relaciones laborales

En pocas palabras

El artículo contiene dos mandatos. 1) Una ley del Parlamento de Andalucía regulará las políticas de apoyo y fomento de la actividad del trabajador autónomo. 2) En las políticas públicas serán objeto de atención preferente las cooperativas y demás entidades de economía social. Retén el instrumento (ley del Parlamento de Andalucía) y quiénes reciben atención preferente (las cooperativas y demás entidades de economía social).

Este artículo tiene explicación, regla mnemotécnica y la trampa típica de examen. Se ven con una cuenta gratis.

Crear cuenta gratis

Texto del artículo 172 de la Ley Orgánica 2/2007 (EAA)

1. Una ley del Parlamento de Andalucía regulará las políticas de apoyo y fomento de la actividad del trabajador autónomo. 2. Serán objeto de atención preferente, en las políticas públicas, las cooperativas y demás entidades de economía social.

Comprueba siempre el texto oficial: este contenido es de estudio y no lo sustituye.

1 pregunta de test sobre este artículo

Con tu plan, Opositasuite te dice qué artículos estudiar cada día y te los pregunta hasta que los dominas.

← Ver el artículo en Ley Orgánica 2/2007 (EAA)