Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público

Artículo 97. Certificados comunitarios de empresarios autorizados para contratar

Libro Primero. Configuración general de la contratación del sector público y elementos estructurales de los contratos›Título II. Partes en el contrato›Capítulo II. Capacidad y solvencia del empresario›Sección 2.ª. Acreditación de la aptitud para contratar›Subsección 4.ª. Prueba de la clasificación y de la aptitud para contratar a través de Registros o listas oficiales de contratistas

En pocas palabras

Los certificados de inscripción en las listas oficiales de empresarios autorizados para contratar de los Estados miembros de la Unión Europea, referidos a empresarios establecidos en el Estado que los expide, constituyen una presunción de aptitud respecto de los requisitos de selección cualitativa que en ellos figuren. Igual valor presuntivo tienen las certificaciones de organismos de certificación competentes que respondan a las normas europeas de certificación. Estos documentos deben indicar las referencias que permitieron la inscripción o la certificación y la clasificación obtenida.

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Texto del artículo 97 de la Ley 9/2017 (LCSP)

1. Los certificados de inscripción expedidos por los órganos competentes de la llevanza de las listas oficiales de empresarios autorizados para contratar establecidas por los Estados miembros de la Unión Europea, referidos a empresarios establecidos en el Estado miembro que expide el certificado, constituirán una presunción de aptitud con respecto a los requisitos de selección cualitativa que en ellos figuren. 2. Igual valor presuntivo surtirán, respecto de los extremos en ellos certificados, las certificaciones emitidas por organismos de certificación competentes que respondan a las normas europeas de certificación expedidas de conformidad con la legislación del Estado miembro en que esté establecido el empresario. 3. Los documentos a que se refiere el apartado anterior deberán indicar las referencias que hayan permitido la inscripción del empresario en la lista o la expedición de la certificación, así como la clasificación obtenida.

Comprueba siempre el texto oficial: este contenido es de estudio y no lo sustituye.

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