Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa
Artículo 68
Título IV. Procedimiento contencioso-administrativo›Capítulo I. Procedimiento en primera o única instancia›Sección 8.ª. Sentencia
En pocas palabras
La sentencia pronuncia alguno de estos fallos: inadmisibilidad del recurso contencioso-administrativo, o estimación o desestimación del recurso contencioso-administrativo. Además, contiene el pronunciamiento que corresponda respecto de las costas.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 68 de la Ley 29/1998 (LJCA)
1. La sentencia pronunciará alguno de los fallos siguientes: a) Inadmisibilidad del recurso contencioso-administrativo. b) Estimación o desestimación del recurso contencioso-administrativo. 2. La sentencia contendrá además el pronunciamiento que corresponda respecto de las costas.
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