Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa

Artículo 124

Título V. Procedimientos especiales›Capítulo II. Cuestión de ilegalidad

En pocas palabras

Planteada la cuestión de ilegalidad, el Secretario judicial remite urgentemente, junto con la certificación del auto de planteamiento, copia testimoniada de los autos principales y del expediente administrativo. Además, acuerda la publicación del auto de planteamiento de la cuestión en el mismo periódico oficial en que se hubiera publicado la disposición cuestionada.

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Texto del artículo 124 de la Ley 29/1998 (LJCA)

1. Planteada la cuestión, el Secretario judicial remitirá urgentemente, junto con la certificación del auto de planteamiento, copia testimoniada de los autos principales y del expediente administrativo. 2. Acordará igualmente la publicación del auto de planteamiento de la cuestión en el mismo periódico oficial en que lo hubiera sido la disposición cuestionada.

Comprueba siempre el texto oficial: este contenido es de estudio y no lo sustituye.

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