Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa

Artículo 115

Título V. Procedimientos especiales›Capítulo I. Procedimiento para la protección de los derechos fundamentales de la persona

En pocas palabras

Plazo de interposición: diez días, desde el día siguiente a la notificación del acto, la publicación de la disposición, el requerimiento de cese de la vía de hecho o el transcurso del plazo fijado para la resolución. En caso de inactividad administrativa, de recurso administrativo potestativo o de vía de hecho sin requerimiento, los diez días se inician transcurridos veinte días desde la reclamación, la presentación del recurso o el inicio de la actuación. El escrito expresa con precisión y claridad el derecho cuya tutela se pretende y, de manera concisa, los argumentos sustanciales.

Este artículo tiene explicación, regla mnemotécnica y la trampa típica de examen. Se ven con una cuenta gratis.

Crear cuenta gratis

Texto del artículo 115 de la Ley 29/1998 (LJCA)

1. El plazo para interponer este recurso será de diez días, que se computarán, según los casos, desde el día siguiente al de notificación del acto, publicación de la disposición impugnada, requerimiento para el cese de la vía de hecho, o transcurso del plazo fijado para la resolución, sin más trámites. Cuando la lesión del derecho fundamental tuviera su origen en la inactividad administrativa, o se hubiera interpuesto potestativamente un recurso administrativo, o, tratándose de una actuación en vía de hecho, no se hubiera formulado requerimiento, el plazo de diez días se iniciará transcurridos veinte días desde la reclamación, la presentación del recurso o el inicio de la actuación administrativa en vía de hecho, respectivamente. 2. En el escrito de interposición se expresará con precisión y claridad el derecho o derechos cuya tutela se pretende y, de manera concisa, los argumentos sustanciales que den fundamento al recurso.

Comprueba siempre el texto oficial: este contenido es de estudio y no lo sustituye.

1 pregunta de test sobre este artículo

Con tu plan, Opositasuite te dice qué artículos estudiar cada día y te los pregunta hasta que los dominas.

← Ver el artículo en Ley 29/1998 (LJCA)