Orden de 19 de febrero de 2015, de contabilidad pública de la Junta de Andalucía

Artículo 7. Funciones de las oficinas de gestión

En pocas palabras

Las oficinas de gestión tienen cinco funciones: a) proponer modificaciones de créditos de su sección presupuestaria o de las secciones para las que estén autorizadas; b) contabilizar las redistribuciones de créditos para hacer efectiva su desconcentración; c) proponer documentos de ejecución del presupuesto de gastos e ingresos y de operaciones extrapresupuestarias; d) suministrar la información necesaria para la toma de decisiones de los órganos competentes en su ámbito de actuación; y e) cualquier otra que les atribuya la Intervención General.

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Texto del artículo 7 de la Orden de 19 de febrero de 2015 (OCP)

Las funciones de las oficinas de gestión, en el proceso de contabilización del presupuesto de gastos e ingresos y en relación con la contabilidad extrapresupuestaria, serán las siguientes: a) La propuesta de modificaciones de créditos correspondiente a su respectiva sección presupuestaria, o a aquellas secciones para las que estén autorizadas. b) La contabilización de las redistribuciones de créditos con objeto de hacer efectiva la desconcentración de los mismos. c) La propuesta de documentos relativos a la ejecución del presupuesto de gastos e ingresos y de operaciones extrapresupuestarias. d) El suministro de la información necesaria para la toma de decisiones de los órganos competentes en su ámbito de actuación. e) Cualquier otra que pudiera atribuírsele por la Intervención General, como consecuencia del desarrollo del Sistema GIRO y de cualquier otro sistema que participe de la gestión contable.

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