Orden de 19 de febrero de 2015, de contabilidad pública de la Junta de Andalucía

Artículo 37. Arrastre o traspaso de residuos de ejercicios anteriores

En pocas palabras

Finalizado el ejercicio económico, la Intervención General de la Junta de Andalucía contabiliza en el ejercicio siguiente todos los documentos contables de reconocimiento de derechos cuyo ingreso no se hubiere realizado. Lo hace mediante un proceso de arrastre o traspaso, y esos documentos incorporan la información del ejercicio de procedencia.

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Texto del artículo 37 de la Orden de 19 de febrero de 2015 (OCP)

Finalizado el ejercicio económico, la Intervención General de la Junta de Andalucía contabilizará en el ejercicio siguiente todos los documentos contables de reconocimiento de derechos cuyo ingreso no se hubiere realizado que incorporarán la información del ejercicio de procedencia, mediante un proceso de arrastre o traspaso de los mismos.

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