Real Decreto 1372/1986, Reglamento de Bienes de las Entidades Locales

Artículo 52

En pocas palabras

Efectuadas las pruebas pertinentes y valoradas por los servicios de la Corporación, el expediente se pone de manifiesto durante diez días a las personas a quienes afecte la investigación y que hubieren comparecido en él. Dentro de ese mismo plazo de diez días pueden alegar lo que crean conveniente a su derecho.

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Texto del artículo 52 del Real Decreto 1372/1986 (RBEL)

Efectuadas las pruebas pertinentes, y valoradas por los servicios de la Corporación, se pondrá de manifiesto el expediente por termino de diez días a las personas a quienes afecte la investigación y hubieren comparecido en él, para que dentro de dicho plazo aleguen lo que crean conveniente a su derecho.

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