Real Decreto 1372/1986, Reglamento de Bienes de las Entidades Locales

Artículo 45

En pocas palabras

Las Corporaciones locales pueden investigar la situación de los bienes y derechos que se presuman de su propiedad. La facultad tiene una condición: que esa propiedad no conste. Y tiene un fin expreso: determinar la titularidad de esos bienes y derechos.

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Texto del artículo 45 del Real Decreto 1372/1986 (RBEL)

Las Corporaciones locales tienen la facultad de investigar la situación de los bienes y derechos que se presuman de su propiedad, siempre que ésta no conste, a fin de determinar la titularidad de los mismos.

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