Real Decreto 1372/1986, Reglamento de Bienes de las Entidades Locales

Artículo 24

En pocas palabras

Al inventariar los créditos y derechos personales de la Corporación se expresan cinco datos: el concepto, el nombre del deudor, el valor, el título de adquisición y el vencimiento, este último solo en su caso.

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Texto del artículo 24 del Real Decreto 1372/1986 (RBEL)

Al inventariarse los créditos y derechos personales de la Corporación se expresaran: a) Concepto. b) Nombre del deudor. c) Valor. d) Título de adquisición, y e) Vencimiento, en su caso.

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