Ley 7/1999, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía
Artículo 45. Adjudicación mediante precio
En pocas palabras
En las adjudicaciones mediante precio, las entidades locales determinan el destino del producto obtenido. Al hacerlo dan preferencia, en lo posible, a la prestación de servicios que tengan directa relación con los beneficiarios del aprovechamiento comunal.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 45 de la Ley 7/1999 (LBELA)
En las adjudicaciones mediante precio, las entidades locales determinarán el destino del producto, dando preferencia, en lo posible, a la prestación de servicios que tengan directa relación con los beneficiarios del aprovechamiento comunal.
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